Ley Alfonso y el derecho a morir: qué dice el proyecto que volvió a presentarse en Diputados tras la eutanasia en España

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(KIEFERPIX)

La muerte de Noelia Castillo, la persona más joven en recibir la eutanasia en España, reabrió el debate en la Argentina. La joven de 25 años falleció este jueves mediante muerte asistida, tras quedar parapléjica luego de un intento de suicidio derivado de una brutal agresión sexual. Sufría “dolores permanentes e irreversibles”.

En el país rige desde 2012 la Ley de Muerte Digna. Esta norma establece que una persona con un diagnóstico terminal, incurable o irreversible puede rechazar procedimientos que prolonguen su sufrimiento o resulten desproporcionados en relación con los beneficios esperados.

Pero la eutanasia va un paso más allá: implica la administración de una sustancia que provoque la muerte del paciente, tal como ocurrió con la joven catalana.

Noelia Castillo Ramos, la joven parapléjica que recibió la eutanasia (Antena 3)

En ese marco, la diputada por Unión por la Patria Gabriela Estévez volvió a presentar en las últimas horas el proyecto de Ley Alfonso, creado en homenaje a un paciente con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) que falleció en 2019. Hacia el final de su vida, Alfonso Oliva se encontraba “encerrado en su propio cuerpo” y solo podía mover los ojos.

La norma propuesta por la legisladora de Córdoba prevé algunos requisitos para acceder a la muerte asistida. Entre ellos, ser ciudadano argentino; que la solicitud sea “libre, voluntaria e informada”; y que la persona padezca una enfermedad grave o incurable, o un padecimiento crónico que le impida llevar adelante su vida con autonomía. En caso de que el padecimiento sea evolutivo e incapacitante, se establece que, a través de dos testigos, se pueda dar fe de la voluntad de avanzar con el procedimiento.

También contempla la objeción de conciencia de los profesionales, al igual que con la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Prevé una instancia de consejería a cargo de un equipo interdisciplinario que acompaña y evalúa, con el objetivo de constatar que la persona es consciente de la decisión que está tomando.

Sobre Oliva, la diputada aseguró esta mañana: “Su compromiso de vida antes de morirse era poder garantizar que nadie tuviese que transitar el mismo padecimiento que él por no poder acceder a este derecho”. Contó que, cuando lo conoció, el joven ya solo podía pestañear y se comunicaba mediante una computadora adaptada para leer el movimiento de sus ojos.

Hacia el final de su vida, Alfonso se encontraba “encerrado en su propio cuerpo” y solo podía mover los ojos.

“Yo me encontré con un joven con mucha decisión, que tenía muy claro lo que quería, que tenía los ojos llenos de vida y un cuerpo que no le respondía. De verdad tenía la voluntad de que nadie tuviese que transitar un padecimiento como el que él estaba transitando. Toda su familia lo acompañaba en esta decisión», siguió, en declaraciones a Radio Con Vos.

Y concluyó: “Se trata de humanidad, derechos humanos, de la posibilidad de que -cuando una persona ya no puede más seguir resistiendo ese sufrimiento- pueda morir con dignidad”.

Y es que Alfonso, antes de fallecer a los 36 años, impulsó junto al médico Carlos “Pecas” Soriano una iniciativa que ingresó al Congreso en 2021 y que, luego de perder estado parlamentario, volvió a presentarse en los años siguientes.

Las claves del proyecto

El proyecto de “Buena muerte médicamente asistida” contempla la cobertura gratuita de la práctica en el sistema público de salud, las obras sociales, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y las empresas de medicina prepaga. La muerte puede producirse mediante la administración de una sustancia por parte de un profesional o a través de la autoadministración, suministrada por un médico.

Establece, a su vez, dos supuestos en los que se puede solicitar la eutanasia: por un lado, una enfermedad grave e incurable que origine “sufrimientos físicos o psíquicos constantes e insoportables sin posibilidad de alivio”; y, por otro, un padecimiento “grave, crónico e imposibilitante”, es decir, que afecte la autonomía de una persona “de manera que no pueda valerse por sí misma”.

“Yo me encontré con un joven que tenía los ojos llenos de vida y un cuerpo que no le respondía

La iniciativa, que también firman los diputados Carlos Castagneto, Hilda Aguirre y Alejandrina Borgatta, también prevé la intervención de un equipo de consejería conformado por profesionales de la psicología, la psiquiatría, la bioética y la medicina paliativa. Su objetivo es asistir al médico responsable en la confirmación de la situación del paciente, su voluntad de morir dignamente y su plena capacidad para tomar la decisión. Asimismo, contempla la firma de un consentimiento informado.

Es requisito ser ciudadano argentino o residente permanente con al menos un año de antigüedad, ser mayor de edad y contar con plena capacidad al momento de solicitar la eutanasia. En caso contrario, el pedido podrá realizarse a través de dos testigos, que no podrán ser padres, cónyuges, convivientes ni personas con interés en la muerte del paciente -por contratos, derechos sucesorios, obligaciones civiles u otras razones-.

El protocolo del proyecto de ley incluye, a su vez, tres instancias de valoración del caso. Además, los pacientes pueden revocar la solicitud durante todo el proceso, incluso hasta el último momento.