La Justicia procesó a ex funcionarios del gobierno de Alberto Fernández por el desvío de fondos para la compra de guardapolvos

2

El juez Sebastian Casanello procesó a 13 personas en la

El juez federal Sebastián Casanello dictó el procesamiento de trece personas, entre ellas exfuncionarios del Ministerio de Desarrollo Social y responsables de cooperativas, en el marco de la denominada Causa Guardapolvos. La investigación penal analiza una presunta maniobra de administración fraudulenta en perjuicio del Estado Nacional, vinculada a la compra de guardapolvos escolares destinados a sectores vulnerables. La maniobra investigada se concretó durante el gobierno de Alberto Fernández, cuando la ministra de Desarrollo Social era Victoria Tolosa Paz. La denuncia penal fue presentada ante la justicia por el Ministerio de Capital Humano, encabezado por Sandra Pettovello.

Uno de los allanamientos de la PFA en la causa guardapolvos

Según la resolución judicial, los hechos giran en torno a un convenio firmado en 2023 entre el entonces Ministerio de Desarrollo Social y la Cooperativa de Trabajo 15 de Julio Ltda., mediante el cual el Estado otorgó $710.366.250 para la confección de 165.000 guardapolvos. El juez consideró que una parte sustancial de esos fondos fue administrada en forma indebida, sin respaldo documental suficiente que acredite la producción y entrega efectiva de las prendas comprometidas.

Entre los procesados figura Leonardo Sebastián Moyano, la mano derecha de la ex ministra de Alberto Fernández, quien se desempeñó como secretario de Articulación de Política Social entre octubre de 2022 y diciembre de 2023. El juez le atribuyó la firma del convenio, la autorización de los desembolsos, la certificación de entregas y la suscripción de adendas y prórrogas, pese a inconsistencias e incumplimientos. También fueron procesados Osvaldo Eugenio Minervini, director de Organización Comunitaria, por omitir controles y supervisión efectiva, y Eliana Gisela Gladys Rodríguez, asesora administrativa, por haber sostenido el trámite administrativo pese a las irregularidades detectadas.

El Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello, realizó la denuncia judicial por presuntas irregularidades en la confección de guardapolvos para los sectores más vulnerables

En la Cooperativa de Trabajo 15 de Julio Ltda., fue procesada Paula Rosana Goroso, presidenta, por recibir los fondos y no acreditar que la cooperativa hubiera producido los guardapolvos con trabajo propio de sus asociados ni cumplido el objeto del convenio. Además, se dictó procesamiento contra Mirta Lorena Zafra y Yesica Gabriela Goroso, integrantes del Consejo de Administración, por participar en la operatoria que permitió la disposición irregular de fondos, y contra Olga Edith Martínez, vinculada a otra cooperativa, por beneficiarse de fondos cuya aplicación no fue acreditada.

El juez extendió el procesamiento a responsables de cooperativas subcontratadas, como Matías Sebastián Celano, Lucas Marcelo Acosta, Marcela Verónica Campanella, Alexis Oscar Lugos, Gladis María Itatí Lugos (síndico titular de la cooperativa Solutex Ltda.) y Mario Gustavo Figueroa, por la recepción de fondos sin que exista acreditación de producción real, trazabilidad del dinero ni relación directa con la confección textil.

El contrato celebrado preveía un subsidio de $710.366.250 para la confección de 165.000 guardapolvos, sin licitación pública y bajo modalidad de convenio directo en el marco de programas sociales. El convenio fue firmado por Leonardo Sebastián Moyano en representación del Ministerio de Desarrollo Social.

La investigación identificó tres cifras clave respecto a la entrega de guardapolvos: 115.500 guardapolvos certificados como recibidos por el funcionario firmante, 163.195 guardapolvos que la cooperativa afirmó haber entregado mediante remitos y 78.702 guardapolvos que el juez consideró documentalmente respaldados, ya que solo ocho remitos contaban con sello oficial del Ministerio. Para Casanello, esta inconsistencia impide tener certeza sobre el cumplimiento del contrato.

El juez sostuvo que no se acreditó que la Cooperativa de Trabajo 15 de Julio Ltda. tuviera capacidad productiva propia para cumplir el convenio: no se presentaron nóminas de trabajadores, pagos de retornos a asociados ni pruebas de una estructura productiva acorde al volumen contratado. Además, se verificó una subcontratación de hecho con otras cooperativas, entre ellas Solutex Ltda., y el desvío de fondos hacia entidades que no guardaban relación con el rubro textil, lo que contradice el espíritu del programa.

El juez federal Sebastían Casanello procesó a 13 personas en la

En este punto, y después de varias pericias el magistrado destacó:

-“Se verificó que la ‘Cooperativa de Trabajo 15 de Julio Ltda.’ no asumió por cuenta propia —valiéndose del trabajo personal de sus asociados— el cumplimiento de lo convenido, sino que subcontrató a otras cooperativas” y agregó: “la misma no registraba actividad productiva de relevancia, ni recursos suficientes para hacer frente a una obligación de tal envergadura”

-“Se constató que ninguna de las cooperativas involucradas llevó a cabo la confección de los guardapolvos ni empleó a sus asociados para tal fin. Ambas entidades carecían de los recursos humanos y materiales indispensables para asumir un compromiso de tal relevancia”.

-El juez también aborda el argumento defensivo de que la producción se habría realizado en talleres de la economía informal: “Refirieron que los 140.000 guardapolvos habrían sido confeccionados en talleres de la economía informal, a cargo de cada asociado que se involucró en la tarea, sin brindar mayores precisiones al respecto”. Y remarca la ausencia de prueba: “No se aportaron recibos firmados por los trabajadores”.

Las maniobras imputadas se realizaron en el gobierno de Alberto Fernández

Casanello subraya que no hay correlación entre dinero, trabajo y producción: “las operaciones realizadas con los presuntos proveedores no permiten relacionarlas con la confección de guardapolvos ni con otra operación relacionada a su subcontratación”.

-Sobre el contrato que pretendía justificar la confección, el juez señala: “La manifiesta desproporción entre el volumen de producción y el exiguo plazo otorgado da una pauta del carácter simulado del acuerdo. La cooperativa debía realizar en 11 días los 165.000 guardapolvos comprometidos (es decir, 15.000 diarios)”.

El Estado Nacional, según la resolución, sufrió un perjuicio patrimonial directo al desembolsar fondos públicos sin acreditación suficiente de la contraprestación, y un daño social, ya que los guardapolvos estaban destinados a alumnos de escuelas públicas y sectores vulnerables. Por este motivo, Casanello ordenó embargos por $3.130 millones sobre bienes de los imputados, inhibición general de bienes, congelamiento de cuentas de las cooperativas, prohibición de salida del país y obligación de informar cambios de domicilio. No dictó prisión preventiva al no advertir riesgos procesales.

En su resolución, Casanello afirmó: “Una parte significativa de los recursos estatales fue administrada de manera indebida, con el propósito de obtener un beneficio particularizado, en perjuicio de la administración pública nacional”, y señaló que no existe certeza sobre la cantidad de mercadería entregada, ya que la documentación presenta irregularidades.